8. CRITERIOS Y AMBITOS DE APROBACIÓN DEL APOYO A LAS EMPRESAS BENEFICIARIAS

El Programa evaluará ante cada propuesta la necesidad o no de asistencia técnica o capacitación para un óptimo aprovechamiento de la actividad a ejecutar.

El apoyo del Programa a las empresas beneficiarias a los efectos de la ejecución cofinanciada de la Propuesta o Proyecto será evaluado y, si corresponde, aprobado (elegibilidad de la o las empresas, pertinencia de las acciones propuestas y conceptos de gastos cofinanciados, calificación de la asesoría técnica o agente capacitador ) por el Comité Técnico Honorario (CTH).

El CTH a los efectos de la evaluación de las propuestas considerará especialmente: la madurez de la empresa, la experiencia del empresario, el producto/mercado involucrado en la promoción de exportación, la solidez técnica de la propuesta y las propias características del evento o actividad que la empresa desea asistir o llevar a cabo.

En caso de que el informe técnico de la Entidad de Gestión aconseje la no aprobación del Plan de Actividades de una empresa aspirante al subsidio del Programa, y ratifique dicha posición ante solicitud de revisión del Comité Técnico Honorario, éste se verá imposibilitado de aprobar el apoyo solicitado, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial del 3/07/06.

9. Costos de coordinación tecnica de la actividad de internacionalización 

El Programa valorará el nivel de remuneración de los servicios de coordinación técnica privados que subsidiará a los beneficiarios en estrecha vinculación a la calificación y experiencia de la institución o consultor propuesto. La remuneración de los servicios de coordinación de la actividad de promoción de exportaciones rondará el 20% del presupuesto total de la actividad o un máximo aproximado a € 2.000. De este monto PACPYMES cofinanciará hasta el 70% del mismo.

El Programa podrá determinar la obligatoriedad de la referida coordinación técnica por la complejidad de la actividad de promoción de exportación propuesta. La función del coordinador técnico será el diseño de la actividad, la realización de contactos y gestiones en relación al evento o actividad de promoción de exportación. El acompañamiento al empresario o empresarios podrá comprender, si se justificara, hasta la presencia en el evento o actividad en el exterior, quedando comprendido su costo dentro de los criterios establecidos en este punto.

La empresa podrá acordar niveles mayores al aceptado por el Programa para lo cual deberá asumir la totalidad del financiamiento por la diferencia con la remuneración establecida por el mismo.

10. Desembolsos

Los apoyos no reembolsables de PACPYMES correspondientes a la remuneración de los servicios privados de asesoramiento y/o capacitación, o a la coordinación técnica que podrán ser propuestos por las empresas beneficiarias, serán desembolsados a éstas acuerdo con el procedimiento habitual de desembolsos vigente en el subcomponente 2.1. La empresa o las empresas con propuesta o proyecto de promoción de exportaciones aprobado presentará (n) las facturas correspondientes a los gastos incurridos por diferentes conceptos (en muchos casos previos a la participación o realización de la actividad) los cuales serán reembolsados por PACPYMES de acuerdo a la matriz de cofinanciamiento acordada y aprobada por el CTH.