6.2 APOYO A EMPRESAS CLIENTES BENEFICIADAS POR PACPYMES I.

 
Para aquellas empresas que fueron beneficiadas por los subsidios de PACPYMES en la etapa I del Programa, los criterios de cofinanciamiento bajo PACPYMES II serán los siguientes:
 
 
      6.2.1 Empresas individuales localizadas dentro del departamento de Montevideo.
 
El Programa cofinanciará las actividades previstas de asesoramiento técnico y capacitación involucradas en el Plan de Fortalecimiento y Mejora de la empresa. El cofinanciamiento por parte del programa será por un máximo del 30 % del total del presupuesto del Plan con un límite superior equivalente a $U 60.000 (pesos uruguayos sesenta mil ) para empresas que hayan recibido un subsidio mayor de € 3.300 (euros tres mil trescientos) en la etapa anterior y por un máximo de hasta 50% del total del presupuesto del Plan con un límite superior de hasta $U 100.000 (pesos uruguayos cien mil pesos) a las que hayan recibido menos de € 3.300 (euros tres mil trescientos) de subsidio en el período anterior.
 
    6.2.2  Empresas individuales localizadas en el Interior del país.
 
Las empresas beneficiarias localizadas en el interior del país, contarán con un apoyo preferencial por parte del programa de hasta el 40% de los costos de servicios técnicos del Plan aprobado, tanto de asistencia técnica como de capacitación. El límite superior del apoyo podrá ser equivalente a $U 80.000 (pesos uruguayos ochenta mil ) para empresas que hayan recibido más de € 4000 (euros cuatro mil ) en el periodo anterior y hasta un 60% del total del presupuesto del Plan de Mejora con un límite superior de $U 120.000 (pesos uruguayos ciento veinte mil) a las que hayan recibido menos de € 4.000 (euros cuatro mil) de subsidio en el período anterior.